Hay titulares e informaciones de la prensa oficialista que dan risa, como por ejemplo estos: "Jóvenes entusiastas y revolucionarios de manera voluntaria se suman a las actividades de limpieza y recuperación en las áreas afectadas por el Huracán Oscar; con ese mismo tesón están dispuestos a defender a su patria si el imperio se equivocara un día...", tomado del perfil del Canal Caribe.
¡Habrase visto mentira vil y extrema como esa!. ¿Por qué no le preguntan a ese padre que clama por la vida de su hijito todos los días en las redes o a los de los que murieron en el incendio de los super tanqueros de Matanzas?
Que cooperen con el restablecimiento de las condiciones de vida tras el paso del huracán es humano y creíble pero ...¿dispuestos a defender su patria si el imperio se equivocara un día? ¿A qué imperio se refiere si lo menos que le preocupa al "imperio" es Cuba... o no se dan cuenta?
¡Cómo si estuvieran en el Servicio Militar Obligatorio por su propia voluntad!... y menos después de que la Gaceta Oficial de la República publicara el 9 de octubre de 2024, el nuevo decreto 103 que deroga el 164 de 1991 y que establece nuevas sanciones y contravenciones «concernientes al servicio militar».
La nueva normativa reconoce que la decisión del Consejo de Ministros —emisor del decreto— es resultado de «la experiencia alcanzada en la aplicación de las disposiciones normativas que regulan el servicio militar» y de la necesidad de «actualizar las contravenciones que le conciernen».
¿A qué se refieren con contravenciones? Sencillo: las contravenciones son sanciones administrativas (no penales) aplicadas a acciones u omisiones menores que no se consideran delitos. Las infracciones de este tipo no generan consecuencias penales, no se juzgan en Tribunales y no conllevan prisión ni tributan a los antecedentes penales. La única forma de que una contravención pudiera convertirse en un delito es si la persona decide no acatar la sanción administrativa.
El Decreto 103 establece que las contravenciones podrán aplicarse a los «ciudadanos cubanos que deben cumplir el servicio militar y a las personas jurídicas y naturales mayores de 16 años que impidan, inciten, obstaculicen o ayuden a evadir de cualquier manera el cumplimiento de los deberes de los ciudadanos relacionados con la defensa de la patria». Reconoce, además, que si los infractores son menores de edad, los padres o tutores responderán por ellos.
Las contravenciones definidas por la norma pueden dividirse en dos grupos fundamentales:
1) las dirigidas a quienes no se han inscrito en el registro militar.
2) las dirigidas a quienes están inscritos y forman parte de la reserva.
Y esos mismos jóvenes, muchos de los cuales (de los pocos que van quedando en la Isla) quieren seguir estudios universitarios son obligados a pasar el Servicio Militar, quieras o no; correspondiendo al título de la información que dio pie a esta reflexión: "Jóvenes entusiastas y revolucionarios...dispuestos a defender su patria si el imperio se equivocara?" ¡Vaya falacia!
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