Nuevas normas jurídicas en Cuba para estimular la construcción de viviendas
Redacción de CubitaNOW ~ jueves 20 de mayo de 2021
Hoy en la Gaceta Oficial ordinaria número 57 del 2021 se anunciaron nuevas normas jurídicas para el otorgamiento de subsidios a personas naturales sin solvencia económica para realizar acciones constructivas en su vivienda.
De igual manera, se informó el financiamiento a las madres, padres o tutores legales que tienen a su guarda y cuidado tres o más hijos menores de 17 años para la construcción, rehabilitación, ampliación o remodelación de viviendas.
En conferencia de prensa, Vivian Rodríguez Salazar, directora general de la vivienda, comentó que el Acuerdo 9072, referido al otorgamiento de subsidios a personas sin solvencia económica para realizar acciones constructivas en su vivienda prevé la protección a los núcleos familiares más desprotegidos; además de ampliar los beneficios a los subsidiados.
Según el oficialismo, esta modificación incrementa el monto a otorgar a partir de los nuevos precios establecidos tras la unificación monetaria y cambiaria, de acuerdo con las acciones constructivas que corresponda.
Los montos máximos son los siguientes:
Células Básicas Habitacionales (CBH), 188 mil 560 pesos
Rehabilitación, 133 mil 742 pesos
Conservaciones mayores, 38 mil 816 pesos
Conservaciones menores, 14 mil 149 pesos
La funcionaria argumentó que entre los aspectos novedosos de esta nueva norma que el financiamiento para la aprobación de los subsidios no será del impuesto sobre las ventas de materiales de la construcción como se venía efectuando, sino que será notificado a las provincias por el Ministerio de Finanzas y Precios del Presupuesto Central del Estado para el año
“Se modifica el procedimiento para la evaluación de la solvencia económica de los núcleos familiares, ahora se establece como cuantía mínima de la prestación de la asistencia social para un núcleo de una persona, 1260 pesos cubanos”, señaló Rodríguez Salazar.
En tanto destacó que otro aspecto positivo son las disminuciones de los términos para los trámites de los expedientes en las direcciones municipales de la Vivienda, de 45 a 30 días; de igual forma en los gobiernos municipales de 30 a 20 días.
“Se extenderá el periodo de validez de los expedientes a un año, a partir de su recepción y se reduce a seis meses, el plazo para la ejecución de la obra”, indicó.