Cobraba una ayuda en España y pasó 680 días fuera del país: deberá devolver más de 30.000 euros
Redacción de CubitaNOW ~ viernes 25 de septiembre de 2026
Una pensionista de 77 años tendrá que devolver 32.857,20 euros a la Administración española después de que la Justicia confirmara la extinción de la prestación no contributiva que recibía. La mujer pasó un total de 680 días en Marruecos entre 2018 y 2021, superando los límites establecidos para mantener este tipo de ayuda.
Según informó Xataka, la beneficiaria recibía desde diciembre de 2013 una pensión no contributiva de invalidez, cuya cuantía rondaba los 604 euros mensuales, además de un complemento. También percibía una pequeña pensión procedente de Marruecos.
El expediente administrativo determinó que sus ausencias del territorio español se prolongaron durante 135 días en 2018, 136 en 2019, 260 en 2020 y 149 en 2021. En cada uno de esos años superó el límite de 90 días establecido por la normativa para conservar el requisito de residencia en España, salvo determinadas excepciones.
La Administración catalana decidió extinguir la prestación con efectos retroactivos desde junio de 2018 y reclamar la devolución de las cantidades cobradas durante el período considerado indebido.
La pensionista recurrió la decisión y argumentó, entre otros motivos, que las restricciones derivadas de la pandemia de COVID-19 habían dificultado su regreso desde Marruecos. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña rechazó sus argumentos y confirmó la resolución administrativa.
En su sentencia, el tribunal consideró que las ausencias habían superado ampliamente el límite establecido. Los magistrados también analizaron la situación económica de la unidad familiar y señalaron que sus ingresos en 2021 ascendieron a 73.291,08 euros, una cantidad superior al límite aplicable en su caso, fijado en 33.835,20 euros.
La resolución judicial establece que, para este tipo de prestación, no es necesario demostrar que el beneficiario haya trasladado formalmente su residencia a otro país. Superar durante un año el período máximo de ausencia previsto por la legislación puede implicar la pérdida del derecho a la ayuda.
El caso pone de relieve que las pensiones no contributivas están sujetas a requisitos que deben mantenerse después de su concesión, entre ellos determinadas condiciones de residencia y de ingresos.
La decisión obliga finalmente a la mujer a reintegrar los 32.857,20 euros que recibió y que la Administración consideró pagos indebidos. El fallo corresponde a la sentencia 1945/2026 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.