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Corte Suprema de EE. UU. reabre demanda millonaria por muelles confiscados en La Habana(Video)

Redacción de CubitaNOW ~ viernes 22 de mayo de 2026

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Un fallo del Tribunal Supremo estadounidense devuelve a los tribunales inferiores una disputa clave sobre el uso de instalaciones portuarias expropiadas en Cuba, lo que podría exponer a grandes compañías de cruceros a indemnizaciones superiores a los 440 millones de dólares.

La Corte Suprema de Estados Unidos ha dado un giro significativo en un litigio que podría redefinir el alcance de las reclamaciones por propiedades confiscadas en Cuba. Con una votación de ocho jueces a favor y uno en contra, el alto tribunal anuló una decisión previa que favorecía a varias empresas de cruceros internacionales, reactivando así la posibilidad de que deban enfrentar indemnizaciones millonarias.

El caso enfrenta a Havana Docks Corporation con compañías como Carnival, Norwegian Cruise Line Holdings, Royal Caribbean y MSC Cruises, a las que se acusa de haber utilizado muelles del puerto de La Habana que fueron expropiados tras la revolución cubana de 1959. Según las reclamaciones, esas instalaciones formaban parte de una concesión legítima que la empresa estadounidense perdió cuando el gobierno cubano tomó control de los bienes en 1960.

Entre 2016 y 2019, en un periodo de apertura parcial de los viajes a Cuba, estas navieras realizaron operaciones turísticas que incluían el atraque en dichos muelles. Durante ese tiempo, transportaron cerca de un millón de pasajeros y realizaron transacciones económicas vinculadas al uso de infraestructura portuaria que permanece en disputa legal.

La controversia se centra en la aplicación del Título III de la Ley Helms-Burton, que permite a ciudadanos y empresas estadounidenses demandar a entidades que se beneficien de propiedades confiscadas por el Estado cubano. Aunque esta disposición estuvo suspendida durante más de dos décadas, fue activada en 2019, lo que abrió la puerta a múltiples demandas relacionadas con activos expropiados.

El tribunal de apelaciones había fallado anteriormente a favor de las compañías de cruceros, argumentando que los derechos de la empresa demandante habrían expirado antes del periodo de operaciones turísticas. Sin embargo, la Corte Suprema rechazó esa interpretación y consideró que el uso de propiedades sujetas a reclamaciones vigentes puede constituir base suficiente para continuar el litigio.

Ahora, el caso vuelve a instancias inferiores, donde deberán revisarse aspectos legales aún pendientes. Aunque no se ha determinado una obligación de pago inmediata, el fallo incrementa la presión jurídica sobre las navieras, que podrían enfrentarse a compensaciones que superan los 100 millones de dólares por empresa.

Más allá del sector turístico, la decisión refuerza el debate sobre las consecuencias legales de operar en activos internacionalmente disputados. También podría influir en futuras interpretaciones de la Ley Helms-Burton y en la responsabilidad de compañías extranjeras que realizan negocios en infraestructuras vinculadas a expropiaciones históricas.

En este contexto, el fallo envía una señal clara: las disputas por propiedades confiscadas en Cuba continúan teniendo efectos jurídicos y económicos relevantes incluso varias décadas después de los hechos originales.

Fuentes: The New York Times

Aristegui Noticias


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