Aclaración importante: Supremo de España no ha suspendido Ley de Nietos ni quitado nacionalidades a cubanos
Redacción de CubitaNOW ~ martes 8 de septiembre de 2026
La decisión anunciada por el Tribunal Supremo de España este martes, que establece medidas cautelares sobre determinados efectos de las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), ha generado preocupación entre miles de cubanos que obtuvieron o todavía tramitan la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Democrática. Sin embargo, es importante aclarar desde el principio que el Supremo no ha suspendido la llamada Ley de Nietos, no ha paralizado los expedientes de nacionalidad y tampoco ha retirado las nacionalidades españolas que ya fueron concedidas. La resolución afecta de manera específica al ámbito electoral mientras el tribunal estudia el fondo del recurso.
En términos sencillos, el problema que analiza ahora el tribunal tiene que ver con el censo electoral y con el derecho al voto de determinados beneficiarios, no con la pérdida de la ciudadanía española. Por eso, los cubanos que ya recibieron la nacionalidad no deben interpretar esta decisión como una anulación de su ciudadanía.
El Tribunal Supremo intervino en una disputa relacionada con determinadas inscripciones en el CERA. Este registro reúne a los españoles que viven fuera de España y permite organizar su participación en los procesos electorales.
La decisión tomada por el tribunal es cautelar, es decir, tiene carácter provisional mientras se estudia el fondo del recurso. Esto significa que todavía no existe una sentencia definitiva que determine si las actuaciones cuestionadas fueron correctas o no desde el punto de vista jurídico.
Uno de los puntos que más dudas ha provocado es qué ocurre con los cubanos que ya tienen la nacionalidad española. En estos casos, la respuesta es clara: la medida no significa que hayan perdido la nacionalidad.
Tampoco se ha ordenado cancelar las inscripciones de nacimiento españolas ni retirar las nacionalidades concedidas al amparo de la Ley de Memoria Democrática. La controversia está relacionada con la situación electoral de determinados ciudadanos y con la forma en que fueron incorporados al CERA.
Para quienes todavía tienen pendiente su expediente de nacionalidad, tampoco significa que todos los trámites hayan quedado paralizados. El Tribunal Supremo no ha ordenado detener de manera general los expedientes de nacionalidad española presentados por cubanos.
La situación puede ser diferente dependiendo de cómo fue reconocida la nacionalidad y de los criterios utilizados posteriormente para la inscripción electoral. Precisamente por eso, el tribunal ha establecido diferencias entre determinados casos contemplados directamente por la ley y otros que se beneficiaron de la interpretación recogida en la Instrucción de 25 de octubre de 2022 del Ministerio de Justicia.
Esta diferencia es importante porque no todos los cubanos nacionalizados mediante la Ley de Memoria Democrática se encuentran necesariamente en la misma situación. Algunos pueden verse afectados temporalmente en lo relacionado con su inscripción electoral, mientras que determinados supuestos quedan fuera de la medida cautelar.
Para entenderlo de una manera sencilla, hay que separar tres cosas: tener la nacionalidad española, estar inscrito en el CERA y poder ejercer el derecho al voto. Son situaciones relacionadas, pero no son exactamente lo mismo.
Una persona puede tener la nacionalidad española y, al mismo tiempo, estar enfrentando un problema administrativo o judicial relacionado con su inscripción electoral. Una eventual suspensión de los efectos electorales de esa inscripción no equivale a perder la ciudadanía.
Por eso, titulares como “España suspendió la Ley de Nietos”, “van a quitar las nacionalidades” o “el Supremo anuló las ciudadanías de los cubanos” pueden generar una alarma que no corresponde con el alcance de la decisión conocida hasta ahora.
Lo que sí existe es una medida cautelar que afecta determinados efectos relacionados con el CERA mientras el Tribunal Supremo analiza el recurso presentado. El resultado definitivo dependerá de la sentencia que el tribunal dicte posteriormente.
Para los cubanos que obtuvieron la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática, la noticia, por tanto, no significa que hayan perdido su ciudadanía ni que la Ley de Nietos haya sido eliminada. La discusión judicial se concentra en la inscripción electoral de determinados beneficiarios y en los efectos que esa inscripción puede producir mientras se resuelve definitivamente el caso.
La clave está en no confundir nacionalidad con inscripción electoral. Hasta el momento, el Supremo no ha quitado las nacionalidades españolas concedidas ni ha suspendido la Ley de Nietos; la medida cautelar se refiere a determinados efectos del CERA y al derecho al voto de algunos afectados.
Fuente: La Vanguardia - Cadena SER