Panamá ha prorrogado hasta julio de 2025 el requisito de visa de tránsito para los ciudadanos cubanos que realicen escalas en su territorio, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo N° 195 del 25 de octubre.
La medida, instaurada en 2022 y suspendida temporalmente a inicios de julio de 2024, exige que los viajeros cubanos obtengan una visa de tránsito para permanecer en la zona internacional del aeropuerto hasta un máximo de 24 horas. Este trámite, que tiene un costo de 50 dólares, debe gestionarse al menos 30 días antes del viaje, ya sea en persona en el consulado panameño en La Habana o a través de un representante ante el Servicio Nacional de Migración de Panamá.
Los solicitantes deberán presentar los siguientes documentos:
1 - Formulario de solicitud de visa
2 - Dos fotografías recientes
3 - Copia del pasaporte con al menos 6 meses de vigencia
4 - Copia del carnet de identidad
5 - Reservación o itinerario del viaje
6 - Comprobante de pago del trámite
Están exentos de este requisito los ciudadanos cubanos que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
1 - Regresen a Cuba desde cualquier país
2 - Posean una visa de turista o residencia panameña vigente
3 - Tengan visa múltiple vigente de Canadá, Estados Unidos, Australia, Japón o un país de la Unión Europea
4 - Cuenten con residencia permanente en un tercer país
5 - Dispongan de visa vigente para su destino final
6 - Demuestren contrato de trabajo en el país de destino
Esta medida se añade a las recientes modificaciones en la política migratoria de Panamá hacia Cuba. Los cambios, anunciados en julio de 2024, incluyen nuevos requisitos para las visas de turismo, entre ellos que el trámite se realice a través de un abogado panameño calificado.
La implementación inicial de esta política en 2022 generó protestas frente a la embajada de Panamá en La Habana, especialmente de viajeros que usaban Panamá como escala hacia Nicaragua en su ruta hacia Estados Unidos.
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