El régimen cubano ha puesto en vigor las nuevas regulaciones del Banco Central de la isla sobre el uso de las criptomonedas.
Se trata de la Resolución 215/2021 que se aplicará desde este miércoles y regula el uso de activos virtuales en transacciones comerciales, al igual que el otorgamiento de licencia a proveedores suyos para operaciones financieras, cambiarias y de cobranzas o de pagos, en y desde el territorio nacional.
“El manejo de las criptomonedas o criptoactivos, como se les conoce, implica riesgos para la política monetaria y la estabilidad financiera debido a la alta volatilidad que los caracteriza y por llevarse a cabo en redes del ciberespacio, sin control alguno por instituciones y gobiernos, además del peligro de que sean utilizados para financiar actividades delictivas”, advierten.
En tanto refieren que “en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas, cuando el propio BCC lo autorice las instituciones financieras y demás personas jurídicas solo pueden usar activos virtuales entre ellas y con personas naturales, para realizar operaciones monetario-mercantiles, y de canje y recanje; así como con vistas a satisfacer obligaciones pecuniarias”.
Sucederá de manera similar con los órganos u organismos de la Administración Central del Estado, las organizaciones políticas, de masas y sociales y demás instituciones, llamados a controlar y supervisar que sus entidades subordinadas y las formas asociativas, de las que son órganos de relación, se abstengan de utilizar las criptomonedas y los servicios de estas en transacciones comerciales, monetario-mercantiles o para reparar compromisos pecuniarios.
El Banco Central de Cuba también deja claro “que las personas naturales asumen los riesgos y responsabilidades que en el orden civil y penal se derivan por operar con activos virtuales y proveedores de los servicios que funcionan al margen del Sistema Bancario y Financiero, aun cuando no están prohibidas estas transacciones entre dichos ciudadanos”.