A partir de las recurrentes interrogantes que recibe el Consulado de España tras trascender la noticia de la aprobación del anteproyecto de ley de memoria democrática, que beneficiaría a miles de cubanos con ciudadanía española, este ha explicado y aclarado a las personas interesadas que aún no está en vigor.
En un mensaje que difundieron en Twitter señalaron que son muchas las consultas que han recibido, hecho que motivó la aclaración.
“Ante numerosas consultas, confirmamos que se aprobó el anteproyecto de ley de memoria democrática que contiene disposiciones sobre nacionalidad. Pero No está aún en vigor”, dijeron.
Hace menos de una semana, el Congreso de los Diputados en España aprobó el jueves 14 de julio el Proyecto de Ley de Memoria Democrática que recoge una iniciativa que podría beneficiar con la nacionalidad española a miles de cubanos.
De igual modo, en un comentario del tuit del Consulado de España en Cuba, agregaron que todavía “falta toda la tramitación parlamentaria”.
“Informaremos de la evolución del procedimiento y modo de aplicación”, argumentaron en su publicación, sin ofrecer más detalles sobre el asunto.
El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el Proyecto de Ley de Memoria Democrática con 173 votos a favor, 159 en contra y 14 abstenciones, y ahora será remitido al Senado, tal y como indica el comunicado.
La iniciativa, indica la nota a la que tuvo acceso la redacción de Cubita NOW, se compone de cinco títulos y está estructurada en torno al "protagonismo y reparación integral de las víctimas de la Guerra y la Dictadura".
Siendo así, el proyecto de Ley tiene por objeto "la recuperación, salvaguarda y difusión de la memoria democrática, entendida esta como conocimiento de la reivindicación y defensa de los valores democráticos y los derechos y libertades fundamentales a lo largo de la historia contemporánea de España".
Buscaría "fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones en torno a los principios, valores y libertades constitucionales".
Por otro lado, el texto señala que la ley también busca "el reconocimiento de quienes padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas, de pensamiento u opinión, de conciencia o creencia religiosa, de orientación e identidad sexual, durante el período comprendido entre el golpe de Estado de 18 de julio de 1936, la Guerra de España y la Dictadura franquista hasta la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978, así como promover su reparación moral y la recuperación de su memoria personal, familiar y colectiva".
Asimismo, reconoce como "ilegal el régimen surgido de la contienda militar iniciada con dicho golpe militar". En este sentido, se declara la "ilegalidad e ilegitimidad" de los órganos penales o administrativos constituidos "a partir del Golpe de Estado de 1936". Además, la iniciativa reconoce y declara "el carácter ilegal y radicalmente nulo de todas las condenas y sanciones producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra, así como las sufridas por las mismas causas durante la Dictadura".
De modo que refiere que todas las leyes del Estado español "se interpretarán y aplicarán de conformidad" con el Derecho Internacional Humanitario, que señala que los "crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura tienen la consideración de imprescriptibles y no amnistiables".
El documento hace una importante aclaración y refiere que “la Cámara Alta podrá aprobar el texto en sus términos, presentar enmiendas o proponer un veto. En el caso de los dos últimos supuestos, la iniciativa regresará al Congreso de los Diputados para la celebración de un último debate antes de su aprobación definitiva. Si no se modifica el texto que envíe el Congreso, una vez aprobado por el Senado será publicado en el Boletín Oficial del Estado para entrar en vigor en los plazos previstos por la propia ley”.
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